La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) modificará la forma en la que los reguladores energéticos operan y toman decisiones actualmente, a partir de una jurisprudencia mediante la cual determina inconstitucional el artículo 27 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.
Esta decisión, publicada la semana pasada, permitirá a los regulados impugnar decisiones por motivos técnicos y establecerá nuevas reglas para fincar responsabilidades económicas.
“Es difícil darle una connotación política (a la jurisprudencia). La CRE estaba en una posición de ser intocable y sus resoluciones no podían ser impugnadas más que por el amparo indirecto. Este cambio vino a facilitar el trabajo de los regulados para poder impugnar cualquier resolución”, explicó Santiago Arroyo, abogado experto en el sector.
Recordó que los amparos indirectos solicitados contra decisiones de órganos reguladores estaban basados en el plano de los derechos humanos y no en cuestiones técnicas, esto ocurría en temas tan sencillos como conflictos tarifarios.
La decisión de la SCJN facilitará la atención a controversias por motivos técnicos, pues las decisiones de la CRE ya son, por ley, susceptibles a ser combatidas.
El procedimiento histórico de esta resolución comenzó en 2017, por lo que no se trata de una reacción a las acciones de la actual administración, aunque sí reducirá el campo de acción del “órgano regulador cooptado”, al limitar su autoridad e impedir que el ejecutivo continúe utilizándolo para modificar las reglas del mercado de forma unilateral.
Mi buen amigo @DavidRosalesH tuvo la gentileza de compartirme este dato:
Jurisprudencia que determina inconstitucional el artículo 27 de la LORCME.
Publicada hoy por la @SCJN
Abro breve hilo pic.twitter.com/K0gYmAIjMT— Santiago Arroyo (@SarroyoSi) August 15, 2020
La nueva jurisprudencia también abre la puerta para fincar responsabilidad económica a los órganos reguladores, y por extensión a los comisionados encargados de firmar las decisiones.
“En dado momento que un regulado diga: tu inactividad, tu resolución, o tus criterios causaron que yo tenga que cerrar mi gasolinera o mi estación de gas, o provocaron el paro de la construcción de mis ductos… se genera un perjuicio económico, y la ley general de responsabilidades administrativas hace a los servidores públicos responsables de sus actos”, señaló Arroyo.
La nueva situación del mercado no significa necesariamente que los privados buscarán un mayor número de enfrentamientos contra los reguladores, pues las empresas buscan defender sus derechos establecidos en el marco legal, pero un conflicto rara vez es su primera opción, destacó René Narváez, especialista en el mercado eléctrico.
El experto destacó también que los comisionados deliberan con base en la información que el gobierno y su propio staff les proporciona, por lo que será difícil establecer que el servidor público tendrá una responsabilidad económica directa por una decisión poco favorable para un negocio en particular.
Además, Narváez celebró que existan más opciones para los regulados, pero consideró que una acción en contra de un funcionario en específico puede no ser la más adecuada, además de que podría generar reacciones adversas por parte del poder ejecutivo.
Actualmente, la CRE tiene detenidos alrededor de 400 permisos de gasolineras, los que podrían representar inversiones por alrededor de 900 millones de dólares, de acuerdo con Arroyo. Atendiendo a que las gasolineras son de utilidad pública, el daño patrimonial podría incluso traducirse en el fomento al tráfico de combustible ilegal, lo cual podría representar una responsabilidad penal.